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abstract-1168134_1920Soy un fiel seguidor de diversos blog de filosofía del derecho y constitucionalismo argentinos. Entre ellos el blog de Gustavo Argallo «Saber de leyes no es saber Derecho«. Más de una vez me viene a la cabeza el título de este blog, siempre como una limitación a la mera aplicación positivista de la norma. El derecho es argumentación, motivación e interrelación, algo que trasciende a la norma y que no se aprende con la mera recitación de una colección de leyes.Hoy sin embargo el título de este post me sirve para recordar la gratuidad con la que se habla del derecho.

Ha sido una constante en los periódicos disponer de una sección de Tribunales, la cual se ha ido ampliando a medida que la información sobre los procedimientos judiciales ha resultado más atractiva para el gran público. Se ha pasado de informar sobre sucesos, de cubrir los grandes juicios por asesinato (véase el caso de los Marqueses de Urquijo o las Niñas de Alcasser), los juicios de tráfico de drogas (como el caso Nécora) o de Terrorismo (caso 11 M), a dar amplia información sobre los casos de corrupción.

La dimensión pública del proceso

Nos encontramos en un momento social muy complejo, con una pérdida de confianza en el modelo de convivencia, y también, para mucha gente, de pérdida de confianza en las personas que ejercen responsabilidades públicas. Los procedimientos instruidos por delitos cometidos por la clase política abren las portadas de los periódicos, provocan dimisiones e incluso cambios de gobierno. El público quiere conocer los hechos y también la repercusión jurídica de los mismos. Es ahí donde encontramos múltiples problemas al convertir el razonamiento jurídico en información visible y entendible por el conjunto de los ciudadanos.

Los términos técnicos y el adelantamiento de la responsabilidad penal

Las consecuencias del llamamiento como imputado, la valoración de la adopción, o al contrario, de la inexistencia de medidas cautelares, el sobreseimiento provisional o la relevancia del auto de apertura de juicio oral, son todas ellas cuestiones trascendentales en el desarrollo del proceso, las cuales difícilmente son comprendidas por los ciudadanos y por ello con frecuencia se forman un concepto equivocado de lo que está aconteciendo.

La defensa convertida en un ataque al Juez

Junto a toda esta problemática aparece un nuevo fenómeno, la verdad que no sé muy bien cómo denominarlo, que viene constituido por quienes plantean su defensa frente al hecho ilícito con una doble dimensión, la procesal propiamente dicha y la publica. De tal forma que cada escrito presentado se destina por partes iguales para el juzgado y para la opinión pública. Ya no se trata tanto de conseguir un efecto procesal sino de trasladar a la opinión pública una u otra opinión, abrir un titular con la denuncia de un defecto procesal o con una indefensión, y ello con independencia de lo que luego suceda jurídicamente con el recurso o escrito presentado, pues el efecto pretendido se consigue con la mera publicación en los medios de comunicación.

La valoración pública del proceso

Por último nos encontramos con quien siendo parte o incluso sin serlo, realiza continuas valoraciones públicas sobre lo que acontece en el proceso. Es en este último caso, más que en ninguno de los otros, es cuando me acuerdo del blog de Gustavo Argallo «Saber de leyes no es saber Derecho», porque aun sabiendo de leyes resulta muy difícil saber de derecho, ya no digo nada cuando no se tiene ningún conocimiento jurídico, entonces o lo que se dice no tiene ningún sentido o se repite lo que dicen otros, y en este caso resulta muy difícil repetirlo bien.